Se deroga el artículo del Código de Faltas que criminaliza a las personas en situación de prostitución

Se deroga el artículo del Código de Faltas que criminaliza a las personas en situación de prostitución 
El Senado de la provincia de Buenos Aires sancionó el proyecto de ley que deroga el artículo 68 del Código de Faltas de la provincia de Buenos Aires, el cual sancionaba con arresto a las personas en situación de prostitución. 

 La iniciativa fue presentada por la diputada del Frente Para la Victoria (mc) Karina Nazabal a propuesta de organizaciones de los derechos humanos, y tuvo el acompañamiento de distintos bloques legislativos en ambas cámaras.
 Al respecto, Nazabal, quién actualmente está al frente de la Secretaría de Género, Niñez y Adolescencia en la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires, sostuvo que “Esta ley viene a dar respuesta a miles de mujeres, travestis y mujeres trans que desde hace muchos años no hacen más que exigirle al Estado que cumpla con lo que declaró en 1936, que Argentina es un país abolicionista de la prostitución”.
 El Código de Faltas, en su artículo 68 establecía arresto de 5 a 30 días y una sanción económica a quienes se encuentren en situación de prostitución. Permitiendo de esta manera una mayor vulneración contra quienes hoy siguen siendo reprimidas por la policía a la vez que son víctimas del sistema prostituyente.
 Luego de la sanción, Nazabal destacó: “Esta ley es producto del trabajo y la convicción de Mujeres de movimientos de los derechos humanos como AMADH (Asociación de Mujeres por los Derechos Humanos), como la Campaña Abolicionista Argentina; mujeres trans y travestis como Lohana Berkins, como Diana Sacayan, como tantas otras víctimas de travesticidios y el travesticidio social”, y agregó: “ Mujeres que a partir de la exclusión, la desigualdad y el patriarcado fueron cooptadas por redes que les hicieron creer que la única forma de sobrevivir en un mundo tan injusto era a través de la prostitución y explotación de sus cuerpos”.
 “Decir que nuestro país es abolicionista, implica que no se penaliza el ejercicio de la prostitución, sino la explotación de la prostitución ajena; por lo tanto, es una contradicción que al día de hoy sigan vigentes los códigos contravencionales que criminalizan a las mujeres y travestis. Y como decimos que la prostitución no es delito, decimos que la prostitución no se puede reprimir, sino que allí es donde el Estado debe hacerse presente para restituir los derechos vulnerados de quienes fueron y son víctimas del sistema prostituyente”, finalizó Nazabal. 
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