EL SENADOR DARÍO DÍAZ PÉREZ PRESENTÓ UN PROYECTO DE LEY PARA QUE SE DECLARE LA EMERGENCIA PÚBLICA EN MATERIA SOCIAL POR VIOLENCIA DE GÉNERO

La Plata: Legislatura
EL SENADOR DARÍO DÍAZ PÉREZ PRESENTÓ UN PROYECTO DE LEY PARA QUE SE DECLARE LA EMERGENCIA PÚBLICA EN MATERIA SOCIAL POR VIOLENCIA DE GÉNERO
El mismo, elaborado por el Presidente del Bloque PJ Unidad y Renovación es en función de garantizar la plena implementación de la legislación vigente referida a la problemática con competencia en el territorio bonaerense.

El senador bonaerense Darío Díaz Pérez, presidente del Bloque PJ Unidad y Renovación presentó un Proyecto de Ley para que se declare la emergencia pública en materia social por violencia de género. El mismo tiene por objetivo garantizar la plena implementación de la legislación vigente, referida a la problemática, con competencia en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires, como así también la creación del Consejo Consultivo de Violencia de Géneros.
Díaz Pérez fundamentó su proyecto en que cuando se habla de femicidios, lesbicidios, transfemicidios y travesticidios, no se está hablando solamente de un flagelo, se habla de muertes evitables, asesinatos a manos de varones que obedeciendo a un modelo de dominación patriarcal y machista ejercen violencia en el marco de una relación de poder desigual entre varones y mujeres, o de manera más amplia, entre los varones y los cuerpos feminizados.
Sin duda, la sociedad, gracias a la tarea de sensibilización efectuada por organismos gubernamentales y no gubernamentales, medios de comunicación y demás instituciones comprometidas con la problemática, ha generado una toma de conciencia de las personas víctimas de violencia de genero.
A medida que la problemática de la violencia de género fue cobrando relevancia en nuestro país, vamos conociendo y desnaturalizando la desigualdad e inequidad de derechos que viven cotidianamente las mujeres, lesbianas, travestis y trans por el sólo hecho de pertenecer al ámbito de lo femenino. Sin embargo, y aunque hoy en día existe una mayor cantidad de mecanismos de denuncias de estas violencias, seguimos lamentando año tras año, y día tras día, un crecimiento en la cantidad de crímenes de odio en materia de género.
Según lo relevado por el Observatorio de femicidios de la Defensoría del Pueblo de la Nación Argentina, durante 2017 se cometieron 292 femicidios (se incluyen travesticidios y transfemicidios), teniendo la provincia de Buenos Aires la tasa más alta del país, en donde se cometieron 119 femicidios.
Ante esta acuciante situación que se está viviendo en la provincia de Buenos Aires, creemos que es importante y urgente la declaración de la emergencia pública por violencia de género y que, el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos competentes, implemente las acciones pertinentes para hacer frente a este flagelo que no admite más víctimas ni más demoras.
Esta ley de emergencia pública en materia social por violencia de género tiene como antecedente la ley sancionada en el año 2012 (N° 14.407), la cual fue prorrogada por dos años más. Dicha normativa marcó un precedente que permitió visibilizar la problemática y entender la violencia de género como un gravísimo problema de Derechos Humanos, de salud pública y de seguridad ciudadana.
Si bien, no logramos alcanzar nuestro objetivo de máxima con la erradicación total de la violencia de género, entendemos que fue un paso fundamental para avanzar en el abordaje de la problemática. Asimismo, seguimos convencidos en que el Estado provincial junto a los municipios, deben profundizar la urgente adopción de políticas públicas que efectivamente garanticen por un lado prevención y por otro lado asistencia integral a las mujeres, lesbianas, travestis y transexuales que viven en riesgo ante esta violencia que responde a un sistema patriarcal.
Consideramos fundamental también revertir estereotipos y patrones de machismo y discriminación en toda la sociedad, incluso en el propio sistema judicial, ya que lamentablemente la justicia, aún en la actualidad no llega a brindar las respuestas necesarias o a garantizar las medidas de protección que ella misma resuelve.
LEGISLACIÓN VIGENTE A GARANTIZAR SU PLENA VIGENCIA
a) Ley Nacional 26.485 de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.
b) Ley Nacional 26.743 de Identidad de Género.
c) Ley Nacional 27.210 creando el Cuerpo de Abogadas y Abogados para Víctimas de Violencia de Género.
d) Ley Nacional 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.
e) Ley 12.569 (y sus modificatorias) de Violencia Familiar.
f) Ley 14.603 creando el Registro Único de Casos de Violencia de Género.
g) Ley 14.893 de Licencia Laboral por Violencia de Género.
h) Ley 14.783 de Cupo Laboral para Personas Trans y Travestis.
i) Ley 14.936 Día de la Visibilidad Lésbica y Lucha Contra la Lesbofobia.
j) Ley 13.298 Promoción y Protección Integral de los Derechos de los Niños.
El proyecto detalla en su articulado que tiene por objeto primordial paliar y erradicar el número de víctimas por violencia de género en el territorio de la provincia de Buenos Aires.
 Garantizar la implementación del Plan Nacional de Acción para la Prevención, Asistencia y Erradicación de la Violencia Contra las Mujeres en el territorio de la provincia de Buenos Aires.
Promover en los municipios de la provincia de Buenos Aires un abordaje integral, eficaz y ágil para dar una respuesta inmediata a las personas en situación de violencia de género.
La creación del "Consejo Consultivo de Violencia de Géneros", que tendrá por finalidad analizar la implementación práctica de la presente Ley, propiciar reformas y toda acción que entienda oportuna y pertinente en relación a todo lo vinculado con la violencia de género en la provincia de Buenos Aires.

El mismo estará integrado por un representante de cada uno de los estamentos, instituciones u organizaciones como ser el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo y el Poder Judicial; organismos autárquicos provinciales con competencia en la materia; Universidades Públicas y Privadas con ámbito de actuación en la provincia de Buenos Aires; organizaciones no gubernamentales con reconocida actuación en cuestiones vinculadas a violencia de géneros y que soliciten expresamente su inclusión; colegios o Consejos Profesionales y toda otra institución con acreditada actuación en cuestiones vinculadas a violencia de géneros y que solicite su inclusión.
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Danel Lancellotti
Prensa & Comunicación
156-373-8617
Marzo 2018

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