El INADI celebra la resolución del caso de la inscripción del bebé nacido en el marco de un matrimonio integrado por personas del mismo sexo


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Buenos Aires, 21 de marzo de 2012 
El INADI celebra la resolución del caso de la inscripción del bebé nacido en el marco de un matrimonio integrado por personas del mismo sexo 
Tras la reunión que mantuviera el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) con la Gobernación de la provincia, finalmente inscribieron con el apellido de sus dos mamás, al bebé que naciera en el seno de un matrimonio integrado por personas del mismo sexo. 

De la reunión, realizada participó la Gobernadora Lucia Corpacci, el Interventor del INADI, Pedro Mouratian, el Director de Políticas contra la Discriminación Pablo Roma, y la Delegada en Catamarca Emperatriz Márquez.
Al respecto, el Interventor del INADI declaró: “Este caso representa un paso importantísimo en el reconocimiento de los derechos de los niños y las niñas que nacen en el marco de matrimonios integrados por personas del mismo sexo. De este modo, la Provincia de Catamarca se suma a otras provincias argentinas en sus buenas prácticas registrales, revirtiendo así prácticas institucionales de resabio conservador.”
El problema radicó, en su momento, en la negativa por parte del ex Director del Registro Civil de respetar los términos de la Ley 26.618, que en su artículo 37 expresa que los hijos matrimoniales de cónyuges del mismo sexo llevarán el primer apellido de alguno de ellos y que a pedido de éstos podrá inscribirse el apellido compuesto del cónyuge del cual tuviera el primer apellido o agregarse el del otro cónyuge. Esta situación afectó a los derechos del niño que desde hace siete meses no contaba con su partida de nacimiento ni con su DNI.
La ley de matrimonio igualitario sancionada en julio de 2010 además expresa en su artículo 42 que: “Todas las referencias en la Institución del Matrimonio que contiene nuestro Ordenamiento Jurídico se extenderán tanto a las parejas constituidas por dos personas del mismo sexo como a las constituidas por dos personas de distinto sexo”. Y en su artículo 36 indica que “en el caso de hijos de matrimonios entre personas del mismo sexo deben inscribirse con el nombre y apellido de la madre y su cónyuge.”
 Por su parte, la pareja se mostró agradecida por la gestión realizada, y no olvidaron los largos meses de espera junto a su abogada la Dra Alejandra Guillamondegui quien llevó este caso a la justicia, para poder hacer valer el derecho a la identidad del niño. También reconocieron que “sin la ayuda del INADI, de la Gobernadora y la compresión cabal de los derechos del niño que tuvo la nueva Directora del Registro Civil, no hubieran podido encarar esta lucha por los derechos de nuestro hijo”.

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