DOS NUEVOS DECRETOS FIRMADOS POR DIAZ PEREZ

Poder ejecutivo
DOS NUEVOS DECRETOS FIRMADOS POR DÍAZ PÉREZ
El intendente del Municipio de Lanús, firmó un Decreto por el que acepta la Donación de parte de los Ediles locales de una diferencia de su dieta y otro que autoriza la pubicación de la Ordenanza Fiscal e Impositiva Nº 7244.

El Decreto Nº 479 fechado el 28 de Marzo de 2011, en concordancia con la Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 23 de Marzo de 2011, acepta la Donación de la diferencia porcentual entre el incremento otorgado al Personal Jerárquico Superior y el recibido como incremento de la dieta, producto de la aplicación del Decreto Nº 403/11 que perciban los Concejales del Municipio de Lanús, previa deducción de los aportes que por Ley correspondan IPS; IOMA; AFIP/DGI y toda deducción que resulte procedente, destinándose la suma resultante a los fines que cada Concejal oportunamente manifestara, según constancias anexas a la mencionada Ordenanza y autorizándose a la Secretaría de Economía, Finanzas y Producción a realizar la ampliación del Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos en los montos que resultaren, destinándolos donde corresponda para cumplir el objetivo de la citada donación a partir del 1º de Marzo y hasta el 31 de Julio de 2011.
Cabe mencionar que los concejales que han dado su consentimiento son Héctor Jorge Montero, Silvia Graciela Lizarraga, Roberto Camiña, Héctor E. Velez, Alfredo Giorno, José Alberto Sierra, Carlos Simino, Francisco Malvaso, Daniel Antonio Piccolo, Rafael Carlos Folino, Gabriel David Di Masi, Cristian Ezequiel Bosio, Jorge Martín Sosa, Carlos Barbagallo, María Ángela La Rosa, Susana Gloria Arce y Jorge Schiavone.
Así también, con el Nº 137 y visto la Ordenanza sancionada Nº 10983 promulgada por el Decreto Nº 2385 del 17 de Diciembre de 2010, autoriza la publicación del texto ordenado de la Ordenanza Fiscal e Impositiva Nº 7244 del 29 de Noviembre de 1991 y sus modificatorias a la fecha, que menciona que
“La Tasa devengada sobre la base imponible declarada en el primer bimestre, correspondiente a los meses de Enero y Febrero de 2011, será percibida en tres cuotas iguales en forma conjunta con los períodos mensuales 4º, 5º y 6º”.

Informe Nº 137
27/04/11
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