Municipio de Lanús
SE CLAUSURÓ GALPÓN CLANDESTINO QUE ACOPIABA LACTEOS Y QUESOS
El mismo está ubicado en Centenario Uruguayo 1343 de Lanús Oeste.
Ante un alerta del personal policial de la Comisaría Octava del distrito que, percatados del desplazamiento de un camión de transporte de lácteos en ese barrio, ingresa a un galpón ubicado en Centenario Uruguayo 1343, luego de una serie de maniobras.
Dicho personal policial se comunica con el Municipio de Lanús e intervienen agentes de Habilitaciones Comerciales que al llegar al lugar fueron recibidos por Matías Nicolás Framolati que dijo ser el transportista y respaldar con documentación lo transportado, pero al constatar los inspectores municipales la falta de habilitación alguna del lugar para ese tipo de acopio de mercadería, al mencionado se lo imputo bajo el acta de comprobación 164354 por infringir la Ordenanza 7441/92 (Falta de Habilitación) y la Ordenanza 9164/00 (Falta de medidas de seguridad e higiene), procediéndose al decomiso de la mercadería y la clausura preventiva del lugar.
Informe 388
13/11/14
Av. Hipólito Yrigoyen Nº 3863 – Lanús Oeste – CP 1824
Directo 4229-2507 Conmutador 4229-2500
e-mail: prensa@lanus.gov.ar
www.lanus.gob.ar
Dirección General de Prensa y Comunicación
SE CLAUSURÓ GALPÓN CLANDESTINO QUE ACOPIABA LACTEOS Y QUESOS
El mismo está ubicado en Centenario Uruguayo 1343 de Lanús Oeste.
Ante un alerta del personal policial de la Comisaría Octava del distrito que, percatados del desplazamiento de un camión de transporte de lácteos en ese barrio, ingresa a un galpón ubicado en Centenario Uruguayo 1343, luego de una serie de maniobras.
Dicho personal policial se comunica con el Municipio de Lanús e intervienen agentes de Habilitaciones Comerciales que al llegar al lugar fueron recibidos por Matías Nicolás Framolati que dijo ser el transportista y respaldar con documentación lo transportado, pero al constatar los inspectores municipales la falta de habilitación alguna del lugar para ese tipo de acopio de mercadería, al mencionado se lo imputo bajo el acta de comprobación 164354 por infringir la Ordenanza 7441/92 (Falta de Habilitación) y la Ordenanza 9164/00 (Falta de medidas de seguridad e higiene), procediéndose al decomiso de la mercadería y la clausura preventiva del lugar.
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