EN PLENA EPIDEMIA REABRIBIAN EL PATIO DE COMIDAS DE COTO


Sociedad
DARÍO DÍAZ PÉREZ SUSCRIBIÓ CUATRO NUEVOS DECRETOS
A través del decreto Nº 1439 con fecha del 3 de Julio de 2009, el Intendente de Lanús, Dr. Darío Díaz Pérez estableció las siguientes disposiciones que abarcan a las áreas destinadas a la recreación que incluyen Cines, Bowling, Patio de Comidas y Juegos Infantiles relacionadas con las Empresa COTO CICSA.

La misma surge de unos exhaustivos análisis llevados a cabo por las distintas áreas municipales ante el pedido de los titulares de dicha empresa, comprometidos al efecto de tomar todos los recaudos necesarios para preservar a los concurrentes, e instándolos a tomar medidas preventivas para respetar las distancias entre ocupantes de las distintas mesas ubicadas en los locales e incrementar todas las medidas de protección de la salud públicamente considerada.

A tal fin, el Jefe comunal decretó:
Artículo 1º: “Excluir de la suspensión de actividades decretada por el término de quince días, en el artículo primero del Decreto Nº 1416/09, a las zonas de recreación que incluye Cines, Bowling, Patio de Comidas y Juegos Infantiles sitas en el Establecimiento de COTO CICSA de Avenida Rivadavia 2602 de Lanús Oeste”.
Artículo 2º: “Disponer que la exclusión dispuesta está condicionada al estricto cumplimiento de la totalidad de los recaudos establecidos en el anexo primero que se acompaña integrando el presente”.
Artículo 3º: Encomendar a las Áreas competentes que realicen la verificación del cumplimiento de los recaudos establecidos”.
Articulo 4º:” Disponer que en caso de incumplimiento de estas medidas ello podrá determinar el cierre preventivo de los establecimientos, así como también la aplicación de las demás sanciones que correspondan, pudiendo llegar incluso a la clausura de los mismos”.

En otro orden, el Decreto Nº 1400 del 29 de Junio de 2009, procede a diferir los vencimientos correspondientes al corriente ejercicio fiscal para el impuesto a los automotores transferido por la Provincia de Buenos Aires. A tal efecto, el Jefe Comunal decretó “Fijar como vencimiento de la primera cuota del Impuesto a los Automotores del año 2009 el día 31/07/09 y como vencimiento de la segunda cuota del año 2009 el día 30/09/09”.
Por otro lado, por medio del Decreto Nº 1461 fechado el 13 del corriente mes, se dispone “la promulgación de la Ordenanza Nº 10685 sancionada por el Cuerpo Legislativo con fecha 3 de julio de 2009, por la cual se modifica los términos de la Ordenanza Fiscal e Impositiva Vigente”.
Por último, con la firma del Decreto Nº 1473 del 13 Julio del corriente año, el Intendente Díaz Pérez, dispone que se “Designe a cargo de la certificación de firmas, en el marco del Convenio suscripto entre la Dirección Provincial de Personas Jurídicas y el Municipio de Lanús, a los funcionarios mencionados en la siguiente nómina, quienes quedan indistintamente facultados para realizar dicha tarea”.
Funcionarios Autorizados a Certificar Firmas: “Secretario de Gobierno, Director de Instituciones de la Sociedd Civil y Director Administrativo de Gobierno”.

Informe Nº 358
17/07/09
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